Chile continúa avanzando en el control tributario de la economía digital.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió la Resolución Exenta N° 69 de 2026, que habilita un sistema para que contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile puedan inscribirse, declarar y pagar IVA respecto de determinados servicios digitales prestados a usuarios en el país.
Si bien la medida fue comunicada especialmente en relación con plataformas extranjeras de apuestas en línea, juegos de azar, casinos y servicios análogos, su alcance es más amplio y confirma una tendencia hacia un mayor control sobre modelos digitales transfronterizos.
En este contexto, empresas extranjeras, grupos multinacionales, proveedores tecnológicos y actores del ecosistema de pagos deberán revisar, entre otros aspectos:
- La existencia de usuarios o clientes en Chile;
- La eventual afectación de los servicios con IVA;
- La capacidad de sus sistemas para identificar operaciones en territorio chileno;
- La trazabilidad de la información frente a eventuales fiscalizaciones;
- La coordinación entre áreas tributarias, legales, de cumplimiento, tecnología y pagos.
El cumplimiento tributario digital no se limita a la correcta declaración de impuestos, sino que exige contar con evidencia, procesos robustos y una adecuada gobernanza interna.
En el caso específico de las plataformas de apuestas online —cuya licitud continúa siendo objeto de discusión—, puede observarse una aproximación cercana a la denominada “Doctrina Capone”: la controversia sobre la legalidad de la actividad no necesariamente excluye la existencia de obligaciones tributarias respecto de operaciones efectivamente realizadas. Con todo, subsisten argumentos en sentido contrario, particularmente desde la perspectiva de juridicidad y de la necesaria coherencia en la actuación de la Administración del Estado.
Para más información, puede revisar el documento disponible o contactarnos en info@chirgwin.cl.