Informaciones de interés – Estado de Catástrofe por COVID-19

Santiago, 20 de marzo de 2020.

Informaciones de interés – Estado de Catástrofe por COVID-19

De acuerdo con el anuncio del Presidente de la República, Sebastián Piñera, ayer, jueves 19 de marzo, comenzó a regir en el país el «Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe» ante emergencia por coronavirus Covid-19, por un plazo de 90 días. Al respecto, les informamos las implicancias de esta medida:

El Estado de Excepcional Constitucional de Catástrofe está regulado en la Constitución Política y la Ley N° 18.415 Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción Constitucional. Es declarado por el Presidente de la República mediante un decreto supremo firmado por los Ministros de Interior y Defensa, en caso de calamidad pública dentro de una determinada zona geográfica. Los acontecimientos que motivan su declaración pueden ser variados, incluyendo sismos, inundaciones, sequías, epidemias (pandemia de Covid-19, en este caso), etc.

Declarado el estado de catástrofe, las zonas respectivas quedarán bajo la dependencia inmediata del Jefe de la Defensa Nacional que designe el Presidente de la República, quien tiene competencias legales para reponer la normalidad en la zona determinada y, además el Presidente de la República puede delegar en él otras atribuciones para ese mismo fin.

Durante el Estado de Excepcional Constitucional de Catástrofe pueden restringirse los siguientes derechos y libertades:  el derecho de propiedad y las libertades de locomoción y reunión, con la posibilidad de establecer toques de queda y limitar el tránsito de personas, que se irá decretando y evaluando día a día. Se nombraron a los jefes de zona que se harán cargo del control de cada región del país, y se está considerando decretar toque de queda. De todas maneras, esta información va cambiando cada día y hay que mantenerse actualizado de las medidas que se van tomando.

Por el momento, en Chile durante esta semana, solo se han anunciado las siguientes medidas:

1.- El cierre de las fronteras por 15 días;

2.- La prohibición de realizar eventos públicos con más de 50 personas;

3.- Aplicación de multas y penas de cárcel por incumplimiento de cuarentenas (de personas que según protocolos deban cumplirlas);

4.- Suspensión de clases en colegios y universidades hasta el 30 de marzo;

5.- Cierre de malls, restaurantes, pubs, discotheques y eventos deportivos independientes por un tiempo indefinido, permaneciendo abiertas farmacias, supermercados, bancos y centros médicos.

6.-Cierre de cines, teatros;

7.- Implementación de aduanas sanitarias en algunas regiones; y

8.- Aumento de la disponibilidad para realización del examen de diagnóstico del COVID-19.

En caso de decretarse el toque de queda, a fin de poder movilizarse, será necesario solicitar un salvoconducto en la Comisaría de Carabineros más cercana. No se conoce en qué casos se otorgará un salvoconducto, pero normalmente se le concede a personal de salud, bomberos y personal para el abastecimiento de servicios básicos.

Además de las medidas sanitarias enunciadas, en conjunto con el Ministro de Hacienda Ignacio Briones, el Presidente anunció medidas económicas extraordinarias para proteger la salud, los ingresos y el trabajo de las familias chilenas. Las medidas en su conjunto movilizarán en los próximos meses recursos fiscales por hasta US$11.750 millones de dólares, transformándose en un paquete de medidas económico-social inédito en la historia de Chile, el cual sólo es posible porque en el pasado el país ha tomado medidas prudentes y ha acumulado una serie de amortiguadores fiscales y financieros para hacer frente a emergencias como la que nos atinge actualmente.

Las medidas tienen como objetivo abordar tres ejes: (1) Reforzar el Presupuesto del Sistema de Salud; (2) Proteger los ingresos familiares; (3) Proteger los puestos de trabajo y a las empresas que los generan.

Algunas medidas se harán a través de proyecto de ley enviados para votación urgente al Congreso Nacional, tales como Proyecto de Ley “Covid-19” de protección a los ingresos laborales y Proyecto de Ley de Protección del Empleo, mientras que otras serán puestas en marcha de inmediato, con el objetivo de proteger el sistema de salud, los empleos y generar liquidez al mercado nacional (medidas en documento adjunto).

Para informaciones más detalladas del plan de acción del Gobierno de Chile pueden visitar la página web https://www.gob.cl/coronavirus/plandeaccion/. Además, nosotros quedamos atentos por si tuvieran alguna duda adicional sobre esta materia.

Saludos cordiales,

Chirgwin Peñafiel

Abogados relacionados

No data was found

Áreas relacionadas

No data was found

Opciones

Elige el software que acostumbras utilizar
O llámanos

Postulaciones

Entérate de los procesos de selección a través de nuestras redes sociales
Suscríbete también a nuestro newsletter

Contacto

Deja tu mensaje y nuestro equipo se contactará contigo a la brevedad
×