ACTUALIZACIÓN – MEDIDAS EN ESTADO DE CATÁSTROFE – Actualizado el viernes, 15 de mayo de 2020.
Con respecto a la contingencia de salud en Chile, considerando que a la fecha se han infectado más de 30,000 personas y más de 300 han fallecido, se puede constatar que la tasa de infecciones ha aumentado rápidamente en las últimas semanas, por lo que las autoridades han decretado más bloqueos, especialmente en la Región Metropolitana (Santiago).
En cuanto a las restricciones y respectiva duración, considere la actualización informativa que se indica a continuación:
1. Toque de queda nacional: sigue vigente desde el 22 de marzo, de 10:00 p.m. a 5:00 a.m. Para transitar dentro de las horas indicadas es necesario obtener un salvoconducto.
2. Controles sanitarios: se han establecido diferentes puntos de control del tránsito de personas entre y dentro de las regiones, ciudades y comunas, de manera indefinida.
a) Aduanas sanitarias: son puntos de control para cruces fronterizos e interregionales. Las personas que desean ingresar a una zona con Aduanas Sanitarias, ya sea por tierra, aire o mar, deben someterse a control de temperatura y responder preguntas de la autoridad de salud. Además, deben presentar una declaración jurada para obtener un pasaporte de salud. El pasaporte de salud también se puede emitir en línea en el siguiente sitio web: https://www.c19.cl/
b) Puntos de control sanitario: son puntos de control para áreas determinadas por la autoridad. Estos controles sanitarios son el control de acceso (entrada y salida) de un área o territorio definido por la autoridad, que permite la entrada solo para el suministro básico con un permiso, a través del control policial o militar.
c) Se mantiene el cierre para el tránsito de personas, de todos los lugares habilitados para el tránsito de extranjeros hacia el territorio nacional. En todo caso, el egreso de personas desde territorio chileno podrá realizarse de acuerdo con la normativa vigente, lo que se entiende sin perjuicio de las medidas que el Estado del país de destino pueda adoptar en relación con el ingreso a su territorio.
3. Cuarentena total o aislamiento: dispone que los habitantes de la zona afectada deben permanecer en sus domicilios habituales. Es una medida dinámica, que cambia de acuerdo con la evaluación de las autoridades y rigen por periodos de una semana prorrogables por el mismo periodo. A la fecha las comunas que se encuentran en cuarentena son:
Región Metropolitana:
Región de Tarapacá:
Región de Antofagasta:
Algunas de estas comunas y otras del país entran por primera vez en cuarentena, vuelven a ella o bien se les renueva la vigente. La cuarentena, nueva o prorrogada, rige desde el viernes 15 de mayo, a las 22:00 horas hasta el viernes 22 de mayo a las 5:00 horas de la mañana, renovable por igual periodo en el caso que la autoridad sanitaria lo entienda necesario.
Actualización: Así como informamos anteriormente, en el caso de necesidad de desplazamiento en o hacia una de estas Comunas, se deberá obtener un PERMISO TEMPORAL INDIVIDUAL, el que será concedido para las siguientes actividades y por el siguiente lapso:
Actividad | Tiempo Asociado |
Asistencia a centros, servicios y establecimientos de salud por hora concertada con anterioridad y/o tratamiento médico. En este caso, la persona puede ir con un acompañante. | 12 horas de duración. |
Asistencia a farmacias, supermercados, mercados y/o lugares de venta de insumos básicos, ya sea para la compra de alimentos, medicamentos y/u otros insumos básicos. | 3 horas de duración. Se podrá solicitar dos veces a la semana. |
Salida de persona con trastorno del espectro autista con su respectivo cuidador o acompañante, quienes deberán exhibir a la autoridad fiscalizadora la Credencial de Discapacidad, Certificado de Discapacidad del Registro Civil o Certificado Médico que indique el Diagnóstico Trastorno del Espectro Autista. El permiso deberá ser solicitado a nombre del cuidador o acompañante. | 2 horas de duración. |
Pasear a mascotas o animales que estén bajo su cuidado, con desplazamiento reducido dentro de las dos cuadras a la redonda del domicilio o residencia. | 30 minutos. |
Pago de servicios básicos; cobros de pensiones, subsidios o beneficios estatales, seguros de cesantía; y, gestiones bancarias o notariales. | 3 horas de duración. |
Retorno al lugar de residencia habitual desde un lugar que se encuentra sujeto a cordón sanitario. | La autorización de tránsito sólo por 24 horas, posteriormente la persona deberá 14 días de cuarentena obligatoria. |
Asistencia a funerales de familiares directos. | 5 horas de de duración si reside en la misma región del funeral; y, 24 horas si el funeral es en otra región. |
Retiro de alimentos desde organismos públicos, tales como JUNAEB u otros. | 5 horasde duración. |
Comparecencia a una citación a la que un abogado u otra persona deba concurrir en virtud de la ley. | Hasta el cumplimiento de la gestión. |
Llevar alimentos, medicamentos o artículos de primera necesidad a adultos mayores, evitando el contacto directo o físico con los mismos. | 2 horas de duración. |
Otros casos contemplados en la normativa son el cambio de domicilio, concurrencia a recintos penitenciarios llevando ayuda y relativos a visitas de padres o tutores a menores.
Actualización: Cada persona podrá solicitar un máximo de cinco permisos individuales a la semana, con excepción de quienes deban acompañar a personas con trastorno del espectro autista u otro tipo de discapacidad mental. La vigencia se iniciará 15 minutos después de haber sido solicitado en la plataforma de comisaria virtual.
El instructivo disponible en el presente enlace también establece el listado de casos en que se autorizará el desplazamiento de personas sólo para los fines específicos (servicios básicos y esenciales). Se considerará como permiso válido que autorizará el desplazamiento, la credencial institucional, pública o privada, o documento institucional que acredite su calidad de trabajador del rubro específico que se indica en el instructivo, siempre con su respectiva cédula nacional de identidad.
Los rubros definidos en el instructivo son:
Así como el SALVO CONDUCTO, el PERMISO TEMPORAL INDIVIDUAL deberá ser obtenido a través de la página web www.comisariavirtual.cl utilizando el número de RUN de la cedula de identidad nacional.
Debe tenerse presente que los permisos y autorizaciones probablemente se volverán más restrictivos, en cuanto a causales justificadas, número y horas. Asimismo, los mayores de 75 años deben permanecer con cuarentena obligatoria en sus hogares o similares, en todo el país y de manera indefinida.
Ese informativo no constituye si debe considerarse asesoramiento legal. Para informaciones detalladas del plan de acción del Gobierno de Chile pueden visitar la página web https://www.gob.cl/coronavirus/plandeaccion/. Además, quedamos atentos por si tuvieran alguna duda adicional sobre la presente actualización.
Saludos cordiales,
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