Actualización de Informaciones de interés – Estado de Catástrofe por COVID-19

Santiago, 26 de marzo de 2020.

Actualización de Informaciones de interés – Estado de Catástrofe por COVID-19

A partir de las 22:00 horas del día jueves 26 de marzo, se decretará cuarentena total en las siguientes siete comunas de la ciudad de Santiago:

  • Lo Barnechea
  • Vitacura
  • Las Condes
  • Providencia
  • Ñuñoa
  • Santiago
  • Independencia

Referida medida tendrá una duración inicial de siete días seguidos, estando sujeta a evaluación su potencial extensión.

La Medida tiene por objetivo impedir que el contagio en estas comunas se propague y siga aumentando el número de contagiados en el país, dado que son las con mayor número de enfermos.

No obstante, los servicios básicos y esenciales seguirán en funcionamiento, así como, organismos públicos de atención a los ciudadanos.

Desplazamiento en estas Comunas

En el caso de necesidad de desplazamiento en o hacia una de estas Comunas, se deberá obtener un PERMISO TEMPORAL INDIVIDUAL, el que será concedido para las siguientes actividades y por el siguiente lapso:

 

Actividad Tiempo Asociado
Asistencia a centros, servicios y establecimientos de salud por hora concertada con anterioridad y/o tratamiento médico. En este caso, la persona puede ir con un acompañante. 24 horas de libre tránsito.
Asistencia a farmacias, supermercados, mercados y/o lugares de venta de insumos básicos, ya sea para la compra de alimentos, medicamentos y/u otros insumos básicos. 4 horas de libre tránsito.
Salida de persona con trastorno del espectro autista con su respectivo cuidador o acompañante, quienes deberán exhibir a la autoridad fiscalizadora la Credencial de Discapacidad, Certificado de Discapacidad del Registro Civil o Certificado Médico que indique el Diagnóstico Trastorno del Espectro Autista. El permiso deberá ser solicitado a nombre del cuidador o acompañante. 2 horas de libre tránsito.
Pasear a mascotas o animales que estén bajo su cuidado, con desplazamiento reducido dentro de las dos cuadras a la redonda del domicilio o residencia. 30 minutos.
Pago de servicios básicos, cobros de pensiones y gestiones bancarias. 4 horas.
Retorno al lugar de residencia habitual desde un lugar que se encuentra sujeto a cordón sanitario. La autorización de tránsito sólo por 24 horas, posteriormente la persona deberá 14 días de cuarentena obligatoria.
Asistencia a funerales de familiares directos. 5 horas de libre tránsito si reside en la misma región del funeral; y, 24 horas si el funeral es en otra región.

 

Retiro de alimentos desde organismos públicos, tales como JUNAEB u otros.  6 horas.
Comparecencia a una citación a la que un abogado u otra persona deba concurrir en virtud de la ley. Hasta el cumplimiento de la gestión.
Otros casos que la autoridad competente fundadamente autorice.

 

 

Desplazamiento de personas cuya función esté asociada a un servicio básico

El instructivo adjunto a ese comunicado también establece el listado de casos en que se autorizará el desplazamiento de personas sólo para los fines específicos (servicios básicos y esenciales). Se considerará como permiso válido que autorizará el desplazamiento, la credencial institucional, pública o privada, o documento institucional que acredite su calidad de trabajador del rubro específico que se indica en el instructivo, siempre con su respectiva cédula nacional de identidad.

Los rubros definidos en el instructivo son:

  • Salud
  • Emergencias
  • Servicios de Utilidad Pública
  • Sector Publico
  • Alimentos y comercio esencial
  • Transporte
  • Seguridad
  • Prensa
  • Educación
  • Otros

Obtención de los salvo conductos y permisos Individuales

Así como el SALVO CONDUCTO, el PERMISO TEMPORAL INDIVIDUAL deberá ser obtenido a través de la página web www.comisariavirtual.cl utilizando clave única de acceso. A los que no poseen clave única, la pueden obtener en cualquier unidad del Registro Civil, organismo que ya está definiendo forma de entrega de referida clave también por la vía electrónica.

Recordamos que el toque de queda sique vigente en todo el país, por eso es importante aclarar que, el PERMISO TEMPORAL INDIVIDUAL es para poder circular fuera del horario de toque de queda, o sea, en el caso de que alguien necesite salir por razones especiales entre las 22:00 y las 5:00am es necesario obtener el SALVO CONDUCTO correspondiente.

Para informaciones más detalladas del plan de acción del Gobierno de Chile pueden visitar la página web https://www.gob.cl/coronavirus/plandeaccion/. Además, nosotros quedamos atentos por si tuvieran alguna duda adicional sobre esta materia.

Saludos cordiales,

 

CHIRGWIN │ PEÑAFIEL

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